Columna: En materia constitucional, el agua no nos deja ver la cuenca

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Columna: En materia constitucional, el agua no nos deja ver la cuenca

Por Claudio Reyes Hurtado, Coordinador Diplomado Planificación Estratégica de Recursos Hídricos UCSC y consultor senior en AWUA 

Claudio Reyes Hurtado

Claudio Reyes

En una columna anterior escribía sobre la leche y la vaca, poniendo énfasis en que las vacas no dan leche, ya que solo una vez que se madruga, se ordeña y transporta este producto, la leche es accesible para todos. La leche no aparece por arte de magia en las góndolas de los supermercados. Lo mismo sucede con un bosque, que debe ser manejado para tener leña de forma sustentable; y con las cuencas, que deben ser gestionadas de manera integral para tener agua. El agua no aparece mágicamente en nuestras casas, embalses ni pozos.

Como se puede apreciar, existe una diferencia evidente entre propósito y resultado

En este caso, el propósito es manejar la cuenca en forma sostenible, y el resultado es la disponibilidad de agua. Pero en cambio seguimos estancados en el producto, y esta mirada reduccionista nos impide, además, comprender otros procesos que se desarrollan en la cuenca, como los usos de secano, las viviendas abastecidas mediante camiones aljibe, o la necesidad de contar con humedales. Debemos dejar de hablar por el momento de agua, derechos y titulares, no porque no sea relevante, sino porque existen temas a escalas jerárquicas superiores, que son anteriores y que están absolutamente invisibilizados en el debate, ya que todo queda reducido a una mirada volumétrica, normativa y en el fondo, de poder, mediante la apropiación o la distribución de ese producto desde los privados, pero también desde el aparato público.

Para que los incumbentes estén dispuestos a ceder poder en función del bien común, nuevamente se debe trascender la mirada utilitaria del agua para pasar a una mirada de cuenca y definir propósitos de seguridad. Suena a retórica, pero se debe pasar de un escenario de competencia por recursos escasos, a uno de colaboración para a lo menos mantener los flujos actuales.  La cesión de poder es el resultado de la comunión en el propósito.

El problema es que el agua no nos deja ver la cuenca.

En consecuencia, la propuesta constitucional debiera enfocarse en el propósito y no en el resultado, y de esta forma abordar el manejo sostenible de las cuencas para alcanzar como resultado la seguridad hídrica para las personas, ecosistemas y también de las actividades productivas. Pudiera ser interesante que quedara enunciada en la Constitución la creación de una Entidad Nacional de Recursos Hídricos y su correlación con los Consejos de Cuenca, ambos enunciados, pero no definidos en su totalidad, ya que la Constitución no debiera nunca suplir a la norma, solo orientarla.

Y de paso -aunque este es un lío mayor aún- contribuir a resolver el nudo gordiano que se forma entre la gestión de cuencas, cambio climático y riesgo de desastres a nivel nacional, regional y comunal, todos ellos pendientes de una definición clara de ordenamiento territorial y descentralización.

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