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Reforma Tributaria y la agroindustria chilena

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Reforma Tributaria y la agroindustria chilena

En el marco del IV Seminario de Comercio Internacional para Exportadores, realizado durante la jornada de ayer por Araya & Cía -patrocinado por la Cámara de Comercio Internacional, la Asociación de Exportadores de Chile (Asoex) y la Federación de Productores de Frutas (Fedefruta)- se discutió la relevancia de la Reforma Tributaria propuesta por el gobierno y que sería aprobada en septiembre del presente año.

En ese sentido, Tomás Vio Lyon, especialista en Derecho Tributario de Araya & Cía, comenzó la charla indicando que en el proyecto que presentó el Ejecutivo “no se han tratado ciertos temas que -a nuestro juicio- los empresarios, productores y exportadores agrícolas deben tener conocimiento en relación a esta reforma”.

“Esto implica también que se está haciendo un cambio radical en todo el sistema fiscal y, obviamente, quedan puntos que se arrastran y no están siendo bien modificados, entonces, obviamente hay que estar bien preparados para este cambio que no va a ser fácil”, señaló.

Así, el abogado se refirió a los aspectos generales de la reforma, la cual contempla el aumento progresivo de la tasa del impuesto de primera categoría –de un 21% en 2014 hasta el 25% en 2017-, la eliminación del Fondo de Utilidad Tributaria (FUT), una norma anti-elusión y la fiscalización electrónica.

“Cuando analizamos, en primera instancia el proyecto, nos percatamos que el régimen que tanto se ha hablado en la prensa, que es la médula que se le está dando a los pequeños y medianos empresarios (…) no se aplicaba a los agricultores”, comentó.

“No podíamos entender que una reforma que limitaba, por ejemplo, la renta presunta y obligaba a los agricultores a pasar a efectiva, no pudieran verse beneficiados por el 14 Ter. Esto nos pareció una incoherencia y, por suerte, el Ejecutivo se dio cuenta de este error y estableció que todos los agricultores podrán beneficiarse también”, declaró.

De acuerdo a Vio, actualmente el proyecto se encuentra en segundo trámite legislativo, en la Comisión de Hacienda. De este modo, el Senado discutirá el proyecto al cual realizarán las modificaciones pertinentes, por lo tanto, el proyecto volverá a la Cámara de Diputados para la aprobación de los cambios que se hicieron en el Senado.

“Ahí, si no hay acuerdo en la Cámara de Diputados, se trasladará [el proyecto] a una Comisión Mixta compuesta por  senadores y 5 diputados, y ellos van a discutir si efectivamente se va con el proyecto o no”, detalló Vio agregando que “es fundamental que este proyecto sea aprobado antes de la Ley de Presupuesto que sale en septiembre. Entonces, toda la atención estará puesta en ese mes y por ahí por el 15 esto va a estar listo para que comiencen a regir los plazos correspondientes”.

Analizando el proyecto en detalle, Vio comentó que el aumento progresivo del impuesto afectará a los exportadores y agricultores, puesto que se efectuará desde el 2014 al 2017, llegando a una tasa del 25% (el año fiscal) un flujo de dinero que los exportadores deberán tener para pagar este impuesto en abril del siguiente año comercial.

“Hay impuesto de primera categoría e impuestos finales. El de primera categoría es el que tienen que pagar las empresas en abril del año en ejercicio anterior. Entonces, en abril van a tener que pagar un 21% por el año comercial 2014. Es un dato no menor ya que si se aprueba en septiembre, nosotros para este año ya estaríamos pagando un punto más, o sea, en abril, no van a tener que pagar un 20% de impuesto, sino un 21%”, explicó.

Asimismo, indicó que “la gente no sabe exactamente lo que es el Fondo de Utilidades Tributaria (FUT)”.

Así, en palabras simples, el abogado explicó que “el FUT sirve de bisagra, es un libro donde se anotan cuáles son las utilidades de la sociedad y cuáles son los créditos asociados a esas utilidades”.

“El impuesto de primera categoría hace 4 años era del 17%, entonces, si yo generé una utilidad hace 4 años, va a estar anotado ahí ‘FUT con crédito del 17%’ porque esa utilidad generó un impuesto del 17%. Ahora, si el socio retira esa utilidad, va a tener un crédito del 17%, eso es el FUT, sirve para ver qué crédito tiene asociado cada una de las utilidades. Esa es la forma de trabajar actualmente”, detalló.

Y añadió que, dado que el FUT será eliminado, en su remplazo se aplicará el Fondo de Utilidades Atribuidas (FUA), donde, “aparte del 25% de impuesto primario que van a tener que pagar las empresas, se va a  generar la obligación por parte de la empresa de retener un 10%. Entonces, ya no va a ser un 25%, sino un 35% el que se va a tener que entregar en arcas fiscales en abril y ese 10% se hace por cuenta del socio o accionista”, dijo.

Sin embargo, aclaró que no todas las sociedades deben retener este 10%, sino que “sólo deberán hacerlo las sociedades anónimas abiertas y que tengan por lo menos un socio persona jurídica, entonces en una sociedad de responsabilidades limitadas que a su vez tiene otra sociedad como accionista, esa sociedad de responsabilidad limitada está obligada a retener el 10%”.

Finalmente, Vio comentó que de acuerdo a los plazos y formas que establezca el Servicio de Impuestos Internos (SII), las sociedades deberán informar a sus socios cuál es la renta que se le atribuye a cada uno de ellos.

“Eso no es problema cuando son 2 socios, pero pongámonos en el caso de una sociedad que tenga 18 socios; se tiene que informar a cada uno de esos socios. ¿Qué pasa si hubo un pequeño error en la determinación de la renta líquida imponible, leve? Se va a tener que hacer una rectificación y esa se va a tener que hacer respecto de estos 18 socios, entonces, vamos a tener que nuevamente hacer una notificación a esas 18 personas que tendrán que replicar a su vez su declaración personal, lo que implica un peso administrativo muy potente”.

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