Chile: SAG impulsa simplificación del procedimiento para la importación de vinos embotellados chilenos a la Unión Europea

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Chile: SAG impulsa simplificación del procedimiento para la importación de vinos embotellados chilenos a la Unión Europea

Europa fue el principal destino de los envíos de vino embotellado chileno durante 2012, con alrededor de 200 millones de litros enviados, por un valor aproximado de 600 millones de dólares. La medida, que se enmarca dentro de otras iniciativas pro competitividad que ha concretado el Servicio a través de un trabajo publico-privado, implica trámites más simples, eficientes y con menores costos asociados, para los productores interesados en  exportar vino embotellado al mercado europeo. 

Ahorros significativos de tiempo y costos asociados a la gestión de exportación, esas serán las principales ventajas a las que podrán acceder los exportadores chilenos de vino embotellado a la Unión Europea, gracias a las gestiones del Servicio Agrícola y Ganadero que consiguieron la aprobación de la modificación del Reglamento 555/2008, otorgando con eso el procedimiento  simplificado VI1 a Chile. vino SAG

El procedimiento simplificado opera sólo para envíos de vinos embotellados y para los productores con bodega declarada ante el SAG que califiquen y cumplan con las condiciones y requisitos que establecerá el SAG para optar al listado del sistema simplificado. La  iniciativa se concretó luego que la Unión Europea aceptara las garantías específicas entregadas por Chile para el control y supervisión de los productores  afectos, lo que significa, en la práctica, varias ventajas para ellos y también nuevas responsabilidades y controles por parte del SAG. Con esto, Chile se incorporará como tercer país en el anexo XII del Reglamento Nº 555/2008, accediendo, junto con Australia, a condiciones privilegiadas. 

Beneficios

Simplificar las exportaciones de vino embotellado a la Unión Europea representa un gran avance para la industria, dado que dicho mercado fue el principal destino de las exportaciones de este producto durante 2012, con alrededor de 200 millones de litros enviados, por un valor aproximado de 600 millones de dólares. A su vez, la exportación de vino embotellado ocupó el primer lugar dentro de la industria vitivinícola en 2012, alcanzando casi 440 millones de litros, por un valor de 1.420 millones de dólares.

Los productores que califiquen para acogerse al sistema simplificado, contarán con una amplia ventaja comparativa y competitiva por una serie de procedimientos que serán desde ahora más expeditos.

Como primer punto, se contempla la emisión directa del VI1 Simplificado (documento necesario para la importación) por parte del productor, sin ser necesario que este sea firmado y timbrado por el laboratorio autorizado por el SAG. Luego, este puede ser despachado directamente al destino por el exportador, sin un visado previo (timbre y firma) del Servicio.

Por otra parte, la modificación incluye una reducción en el número de parámetros analíticos necesarios para la emisión y validación del documento simplificado, pasando de seis análisis establecidos en el documento VI1 normal, a un máximo de tres parámetros analíticos declarados. Así,  es el mismo productor el que, de contar con la capacidad, podrá hacer los análisis de los vinos partida por partida, para determinar su grado alcohólico real, acidez total y anhídrido sulfuroso total.

Cabe destacar, además, que desde ahora el productor autorizado podrá acceder a la emisión on line del documento simplificado VI1, a través del sistema informático Viñas y Vinos del SAG, las  24 horas al día durante los siete días de la semana, eliminándose el trámite físico de tener que visar el documento en el laboratorio y luego en el SAG.

En busca de que estos cambios se realicen de la mejor forma posible y que el país entregue las garantías específicas requeridas por la UE, el Servicio realizará controles periódicos a las bodegas de los productores autorizados para importar vino en la UE y establecerá un programa de fiscalización específico a este grupo, independiente del programa que el SAG realiza anualmente. Además, será el responsable de fiscalizar documentos simplificados VI1 emitidos por los productores autorizados, a través del sistema online SAG, y las contramuestras de los vinos, cuyos análisis hayan sido realizados por el productor autorizado.

El acceso al procedimiento simplificado  es una iniciativa que el SAG impulsó en conjunto con la industria, a través de la mesa de impulso competitivo que el Servicio mantiene con representantes del sector privado. Cabe señalar que si bien la modificación fue aprobada, los plazos de implementación y puesta en marcha dependen directamente de la Unión Europea. Por su parte, el SAG ejecutará las acciones necesarias para que esto se concrete en el menor plazo posible. 

¿Qué es el VI1?

Es el documento de importación de vinos y mostos en la Unión Europea, es decir,  el que permite internar y comercializar estos productos en dicho mercado. Actualmente, es emitido por el laboratorio autorizado por el SAG, que efectúa los análisis físicos y químicos de los vinos a enviar, lo timbra y lo firma para que posteriormente sea presentado al SAG para su autorización, visado y despacho al destino de exportación.

¿Quiénes pueden acceder al procedimiento simplificado?

Los productores con bodega declarada ante el SAG y para envíos de vinos embotellados (no incluye la exportación de graneles ni a los exportadores netos) que califiquen y cumplan con las condiciones y requisitos que establecerá el SAG para optar al listado del sistema simplificado.

¿Cuáles son las ventajas del procedimiento simplificado para los productores? 

ü  Acceso on line, sin restricción horaria ni trámites, al VI1.

ü  Menores tiempos asociados a la gestión de exportación.

ü  Menores costos asociados al desarrollo de análisis de laboratorio.

¿Qué implica en concreto? 

ü  Acceso el documento VI1 simplificado a través del sistema online.

ü  Emisión directa del documento sin ser necesario que este sea firmado y timbrado por el laboratorio autorizado por el SAG.

ü  Despacho directo a destino por parte del productor.

ü  Menos parámetros analíticos necesarios para la emisión y validación del documento simplificado.

ü  Fiscalización especial a esta modalidad por parte del SAG.

Fuente: SAG

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