Caso Maersk Saltoro: Tribunal Constitucional rechaza requerimiento de exportadoras y mantiene límite a indemnizaciones

Caso Maersk Saltoro: Tribunal Constitucional rechaza requerimiento de exportadoras y mantiene límite a indemnizaciones

El Tribunal Constitucional de Chile rechazó por unanimidad —con ocho votos a favor— el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por siete exportadoras frutícolas en el marco del caso del buque Maersk Saltoro, confirmando la vigencia del sistema de limitación de responsabilidad en el transporte marítimo, según informó el medio PortalPortuario.

La acción buscaba impugnar los artículos 889 Nº 3, 895 Nº 2 b), 902 y 1217 del Código de Comercio, que establecen un mecanismo que permite a armadores y transportistas limitar su responsabilidad mediante la constitución de un fondo.

Sin embargo, el tribunal concluyó que estas normas no infringen la Constitución, al tratarse de una institución reconocida en el derecho marítimo internacional y que cumple un rol clave en la viabilidad de la actividad naviera.

Con esta decisión, las indemnizaciones por la pérdida del cargamento de cerezas —avaluado en más de US$160 millones— quedarán sujetas al tope legal ya definido. En concreto, el fondo de limitación aprobado por el Quinto Juzgado Civil de Valparaíso asciende a cerca de $15,2 mil millones, equivalente aproximadamente a un 10% del valor real del embarque, consigna el medio.

¿Que pasó con Maersk Saltoro?

El portacontenedores de la naviera salió desde el Puerto de San Antonio el 27 de diciembre de 2024 bajo el servicio Cherry Express.

Durante la travesía, la máquina sufrió un desperfecto que la dejó a la deriva en el océano Pacífico por más de 20 días, retrasando con ello la entrega de cerezas chilenas al mercado chino de cara a la celebración del Año Nuevo Lunar.

En ese tiempo la fruta perdió calidad y cuando llegó al puerto de Nancha el 17 de febrero, la fruta fue destruida al considerarse no apta para consumo. Más de 5 millones de cajas con cerezas chilenas nunca llegaron a los consumidores.


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Mientras la industria esperaba una respuesta por parte de Maersk comenzaron las acciones judiciales.

PortalPortuario publicó que las exportadoras argumentaban que las normas que permiten al armador y transportista limitar su responsabilidad mediante un fondo especial vulneraban derechos constitucionales como la igualdad ante la ley, el derecho de propiedad y la garantía de reparación integral. En su visión, el sistema las obligaba a aceptar indemnizaciones que apenas cubrían una fracción del daño real.

Sin embargo, con el fallo del Tribunal Constitucional se mantiene el esquema actual, que establece un reparto proporcional del fondo entre los afectados, tal como fue autorizado el 7 de marzo de 2025 por el tribunal civil de Valparaíso.

En declaraciones a Portalfruticola.comRenato Pezoa Huerta, fundador de Pezoa & Cía. Abogados, dijo que, en lo práctico, la sentencia es muy relevante, ya que el hecho de generarse un juicio en el Tribunal Constitucional podría suponer un riesgo no solo a la institucionalidad marítima, sino que también podría haber afectado el desarrollo económico y aspectos del comercio marítimo. 

"Los exportadores no se ven afectados con el fallo", dijo, explicando que "ellos pueden seguir adelante con el procedimiento que se lleva adelante en el Quinto Juzgado Civil de Valparaíso, donde se busca declarar inconstitucional el fondo de limitación, que lo quieren impugnar a efecto que la naviera pagara completo los perjuicios".

*Fotografías referenciales.


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