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Columna Técnica: Medidas preventivas ante siniestros de carga, Por Paul Maxwell

10 Septiembre 2019

Paul Maxwell, Abogado; Gerente Legal de RSK Group; pmaxwell@rsklegal.com.

En el transporte marítimo y aéreo de perecibles siempre existirá la posibilidad de que ocurran pérdidas, daños o retrasos en relación con la carga, tal como describen los artículos 992 y 993 del Código de Comercio (en el caso del transporte marítimo) y los artículos 18 y 19 del Convenio de Montreal (en el caso del transporte aéreo).

Por eso, la primera recomendación será siempre asegurar la carga.

Sin embargo, no basta con contratar un seguro de carga y dejar que éste se haga cargo de todo después que ocurre un siniestro. Existen pasos que se deben cumplir – como asegurado – de manera preventiva, es decir, antes de que ocurra el siniestro, que tendrán una influencia determinante a la hora de que el seguro cubra o no una determinada eventualidad.

Aunque contratar un seguro de carga parece como el mejor camino, los pasos preventivos resultan igualmente aplicables para los casos en que el exportador decida no contratar seguro, y como consecuencia de eso, se verá en la necesidad de manejar él mismo el caso y ejercer las acciones indemnizatorias directas en contra de los transportistas, para lo cual siempre va a requerir de una variada documentación de respaldo si pretende tener éxito.

Se recomienda tener presente varios aspectos para facilitar los procesos de investigación, indemnización y posterior recupero de terceros, con el objeto de evitar posibles cuestionamientos por parte de los transportistas, los que normalmente cuentan con personas especializadas dedicadas a atender este tipo de asuntos.

Siempre será necesario que exista una estrecha coordinación entre las áreas comerciales, operaciones, logística, comercio exterior y despacho en las plantas, con el objeto de poder detectar y guardar información sensible que será relevante más adelante.

Al respecto, recomendamos:

  • Generar notas de protesta que deben ser enviadas a los transportistas tan pronto como los recibidores detecten alguna irregularidad con la carga.
  • Mantener un registro con los informes de calidad de las líneas de producción, que demuestren la calidad de la fruta que se estaba procesando, con un registro del ingreso a los túneles de frío.
  • Controlar adecuadamente las temperaturas de la carga al momento de consolidar el contenedor refrigerado, idealmente llenando todos los datos en una planilla (temperaturas de cada pallet al momento de consolidar, estado general del contenedor, revisión de lampas de ventilación, temperatura de seteo de la unidad y fotografías).
  • Se deben incluir al menos 2 termógrafos, posicionándolos en lugares que permitan dar cuenta de la temperatura real de suministro en cada contenedor.
  • Dar claras instrucciones de temperatura a los transportistas, incluyendo los niveles de gases (cuando esto aplica), apertura de lampas y, en el caso de las cargas aéreas, indicando claramente la expresión "Carga perecible. Mantener refrigerada".
  • Debe existir un sistema de registro de las fechas de cosecha de la fruta, que son requeridas por los transportistas para contrastar la edad de la fruta frente a un siniestro.
  • Es importante que las condiciones de venta mencionadas en la factura coincidan con las condiciones mencionadas en el Documento Único de Salida (DUS):

En firme: esta modalidad implica que el exportador y el importador acuerdan un precio de la mercancía que no puede variar y es definitivo.

Bajo condición: en este caso, el precio definitivo de la mercancía dependerá del cumplimiento de ciertas condiciones acordadas entre el exportador y el importador.

En consignación libre: es aquella modalidad donde el valor facturado de la carga tendrá solamente un carácter referencial, ya que ésta se envía a un agente o consignatario en el exterior para que la reciba y venda de acuerdo con las instrucciones dadas por el exportador, o a lo que hayan acordado exportador e importador. El precio definitivo quedará fijado por los precios corrientes del mercado internacional en destino al momento de su venta.

En consignación con mínimo a firme: es aquella en la cual un mínimo del valor de la mercadería es pactado bajo modalidad de venta a firme. El valor definitivo queda sujeto al cumplimiento de las condiciones que convengan el exportador y el importador.

  • Se deben obtener y guardar los informes de precios del mercado en destino para la fecha de llegada, como asimismo las liquidaciones de venta emitidas por el recibidor para efectos de la valorización de las eventuales pérdidas.
  • No aceptar que la naviera entregue contenedores refrigerados con más de 10 años de uso para el transporte de frutas delicadas como el arándano o la cereza, ya que las paredes de los contenedores refrigerados están compuestas por espuma de poliuretano de alta densidad que presenta una degradación promedio de entre un 3% a 5% anual, por lo que al paso de 10 años y dependiendo de su uso, podría haber perdido su capacidad de aislar la carga del calor exterior en al menos 40% a 50% respecto de un contenedor nuevo.
  • Emitir informes de calidad de la carga en origen, objeto poder contrastarlos después con los daños detectables de la fruta en destino.

Todas estas sugerencias dicen relación con poder respaldar de manera eficiente los perjuicios ocasionados por la pérdida, daño o retraso, ya sea bajo la cobertura del seguro o bien en las acciones directas dirigidas en contra de terceros.

Si bien las empresas exportadoras normalmente no cuentan con un área dedicada a estas contingencias, resulta altamente conveniente dejarse asesorar por especialistas que se hagan cargo de este tipo de asuntos, para dejar que los exportadores puedan seguir desarrollando el trabajo propio de su giro.

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