México: Declaran regiones de Michoacán como zonas de baja prevalencia de mosca de la fruta

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México: Declaran regiones de Michoacán como zonas de baja prevalencia de mosca de la fruta

De acuerdo a una declaratoria publicada en el Diario Oficial de la Federación [DOF- de la Secretaría de Gobernación], se declaró como zonas de baja prevalencia de moscas de la fruta (del género Anastrepha) de importancia cuarentenaria a los municipios de Aguililla, Buenavista, Parácuaro, Zinapécuaro, y a las comunidades de Agua Rosada y Huajumbarito, en el Municipio de Maravatío, y Las Mesas del Municipio de Hidalgo del estado de Michoacán.

La declaratoria -publicada el 15 de diciembre- señala que esto impactará positivamente en alrededor de 2.369 hectáreas [has] de mango, 1.945 has de pomelo, 2.440 has de ciruela, 1.260 has de durazno y 850 has de pera, áreas que generan cerca de 51.500 toneladas al año con un valor comercial de aproximadamente MXN$136 millones [US$9.1 millones].

De esta manera, los productores que se encuentran en zonas libres y de baja prevalencia tienen la oportunidad de comercializar sus frutas en condiciones de mayor competitividad, ya que pueden exportar a mejores mercados tanto nacionales, como internacionales.

De acuerdo al DOF, la apertura comercial ha propiciado que las organizaciones de productores, gobiernos estatales y el Gobierno Federal conjunten esfuerzos para establecer la Campaña Nacional contra Moscas de la Fruta, cuya finalidad es establecer zonas de baja prevalencia de esta plaga de importancia cuarentenaria.

La ausencia de la plaga fue constatada por los técnicos del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA) de acuerdo a lo establecido en la Norma Oficial Mexicana [NOM-023-FITO-1995] que establece la Campaña Nacional contra Moscas de la Fruta.

Asimismo, el DOF destaca las medidas fitosanitarias [NOM-023-FITO-1995] para prevenir y proteger a la zona de baja prevalencia que se deben aplicar y que se establecen en la Campaña Nacional contra Moscas de la Fruta y la NOM-075-FITO-1997 que fija los requisitos y especificaciones fitosanitarias para la movilización de frutos hospederos de moscas de la fruta.

www.portalfruticola.com

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